Antes de comenzar a comentar la herencia a beneficio de inventario, hemos de recordar que existen dos maneras de aceptar una herencia:
Formas de aceptar una herencia.
- La aceptación pura y simple, el heredero se hace cargo de la totalidad de la herencia, tanto del activo (bienes y derechos) como del pasivo existente en el momento del fallecimiento (deudas, cargas y obligaciones).
- La aceptación a beneficio de inventario, permite que el heredero no tenga que responder con su patrimonio personal por las deudas de la herencia toda vez que será la propia herencia la que haga frente a las cargas existentes, repartiéndose, en su caso, el activo restante entre los herederos y legatarios.
¿Cómo pedir la solicitud de herencia a beneficio de inventario?
La aceptación de herencia a beneficio de inventario se hace ante Notario competente. Requiere la existencia de un inventario exhaustivo de todos los bienes que componen la herencia, así como justificación de los mismos, ya sean activos o pasivos.
Plazo para aceptar la herencia a beneficio de inventario.
La aceptación de la herencia a beneficio de inventario se puede llevar a cabo dentro de los 30 días que computarán desde:
- El fallecimiento del causante para el caso que el heredero tenga en su poder la herencia o gran parte de ella, o desde el momento que se supiese que es heredero.
- Desde que haya aceptado o llevado a cabo alguna gestión como heredero cuando no tenga en su poder la mayoría de bienes de la herencia.
- Desde que expire el plazo que el Notario le hubiere fijado para aceptar o repudiar la herencia.
- Para el caso que no tuviera en su poder los bienes de la herencia, o parte de ellos, y no fuera requerido ni judicial ni notarialmente ni aceptado expresa o tácitamente, se puede llevar a cabo en tanto no prescriba la acción de petición de herencia.
¿Aceptar siempre este tipo de herencia posible?
Si tenemos en cuenta los plazos previstos, una persona siempre puede solicitar la aceptación de herencia a beneficio de inventario, pero la mala fe mostrada por el heredero, puede provocar la pérdida de este derecho, cuando:
- A sabiendas de lo que se está haciendo, se deje de incluir en el inventario determinados bienes o derechos o alguna partida de la herencia.
- Se proceda a la venta de los bienes o derechos antes de llevar a cabo la herencia y de pagar a los herederos o legatarios, o que, posteriormente, el dinero no sea destinado a acreedores, deudores o legatarios.
- Cuando no se cumplan los plazos y requisitos previstos por la ley.
¿Cómo pedir la herencia a beneficio de inventario?
Una vez facilitado los datos de los bienes de la herencia, se procederá a la citación de los acreedores y legatarios para que acudan a presenciarlo si les conviniere.
El inventario se comenzará dentro de los 30 días siguientes a la citación de los acreedores y legatarios, y concluirá dentro de otros sesenta, si bien este plazo puede ser prorrogado por el Notario por el tiempo que estime necesario, menor de 12 meses, cuando los bienes estuvieran a larga distancia, fueran muy cuantiosos o por cualquier otra justa causa.
Durante la formación de inventario y hasta la aceptación de la herencia, se podrá acordar la administración y custodia de los bienes hereditarios, pudiendo realizarlo el Notario cuando se lo soliciten las partes.
Beneficios de esta herencia.
- El heredero no queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma.
- Conserva contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuviera contra el difunto.
- No se confunden para ningún efecto, en daño del heredero, sus bienes particulares con los que pertenezcan a la herencia.