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¿Qué hacer ante un desacuerdo por vacunar a los hijos?

⇨ Han crecido los desacuerdos en la vacunación de los hijos por parte de los progenitores. Te contamos qué implica esto y cómo actuar. ✆ 661 638 520 ✆

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Nos llegan muchas consultas al despacho (sobre todo a raíz de la COVID-19, pero sería válido para cualquier vacuna) de padres divorciados o parejas separadas que no se ponen de acuerdo en si deben vacunar o no a su hijo menor de edad (para aquellos mayores de edad, la decisión debe ser tomada por el propio hijo, aunque sean dependientes económicamente).

¿Qué pasa si uno de los padres quiere vacunar a su hijo menor de edad y el otro no?

Lo primero que tenemos que saber es que estas decisiones son una cuestión de patria potestad. ¿Y qué es la patria potestad? Son las decisiones y obligaciones que tienen los padres para con sus hijos menores no emancipados. Es decir, las decisiones importantes en la vida de un hijo (como por ejemplo: a qué colegio debe acudir, si debe o no recibir un tratamiento médico o psicológico, etc). Y la patria potestad, salvo raras excepciones, siempre suele ser compartida (bien porque así lo determinó la sentencia judicial de separación, divorcio o medidas paternofiliales; o bien porque no han realizado ningún procedimiento judicial que regule las medidas de su hijo menor, y entonces la patria potestad siempre es compartida entre ambos progenitores). ¿Por qué aclaramos esto? Porque es una decisión que siempre debe tomarse de mutuo acuerdo si la patria potestad es compartida, independientemente de con quién resida el menor o quién tenga su custodia.

¿Si tengo la custodia de mi hijo puedo decidir vacunarlo?

No. El régimen de guarda y custodia es independiente a esta decisión. Da igual si tienes una custodia exclusiva o una custodia compartida, al ser una decisión de patria potestad, siempre deberá decidirse de mutuo acuerdo, salvo que a alguno de los progenitores se le haya privado del ejercicio de esa patria potestad (pero ya hemos visto que esto suele pasar en situaciones excepcionales, pero no es lo habitual).

¿Qué hacer si los padres no nos ponemos de acuerdo en la vacunación de un hijo?

Deberás solicitar la autorización del juez. En efecto, si alcanzar un acuerdo es imposible, al ser una decisión que deben tomar ambos progenitores, debe acudirse al juez para que éste sea quien conceda la autorización judicial para que el menor pueda (o no) vacunarse. De esta manera, si los padres no logran ponerse de acuerdo, es el juez quien decide en beneficio del hijo menor.

¿En qué se basa un juez para decidir vacunar a mi hijo?

Dependerá del tipo de materia que se esté decidiendo. En el caso de las vacunas, recomendamos aportar informes y argumentos médicos que defiendan tu postura, tanto a nivel genérico, como en el caso particular de tu hijo. A nivel genérico pueden ser informes de las autoridades sanitarias que estudien los beneficios (o incidencias/contraindicaciones) de esa vacuna para niños del rango de edad de tu hijo. A nivel particular, lo interesante sería aportar informes del pediatra que trate a tu hijo y que conozca su historial médico, la cartilla de vacunación o cualquier otro documento que acredite el estado de salud de tu hijo y el beneficio o riesgo de inocularle la vacuna. Debes tener en cuenta que el juez no tiene por qué ser especialista en la materia que se está debatiendo, por lo que siempre se basará en las pruebas que aporte cada parte (no en su opinión personal) y decidirá lo que considere más beneficioso para el hijo menor.

¿Qué debo hacer para presentar el caso de vacunación de mi hijo al juez?

Nuestra mejor recomendación, es que busques un abogado especialista en derecho de familia; pues hay que interponer una “demanda” de jurisdicción voluntaria al juzgado por desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad. Habrá un juicio en el que se practicarán las pruebas pertinentes y finalmente una resolución judicial en el que el juez atribuirá de manera concreta (sólo para esa decisión) el ejercicio de la patria potestad a uno de los dos progenitores. Es decir, que el juez otorgará el poder de decir sobre esa materia a uno de los dos padres.

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Alicia De Miguel Leiro

Alicia De Miguel Leiro

Alicia de Miguel Leiro es socia-directora del despacho “De Miguel y Leiro Abogados”. Licenciada en Derecho y Diploma en estudios empresariales por la Universidad Pontificia de Comillas. También es graduada en el Máster de especialización en Derecho de familia - Periodo de Formación Zarraluqui XVII. Actualmente es miembro de la Asociación de Jóvenes Abogados, ICAM y Turno de Oficio de Madrid.

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