Abogados accidentes de tráfico Madrid
De Miguel Leiro Abogados es un despacho especializado en accidentes de tráfico con sede en Madrid
Defendemos sus intereses ante un accidente de tráfico.
¡Y su primera consulta es gratuita!
Conocer tus derechos, los conceptos y cuantías reclamables como indemnización tras haber sufrido un accidente de tráfico y ante quién puedes reclamar los mismos, es fundamental a la hora de actuar eficientemente en este tipo de procedimientos.
Nuestro despacho con abogados especialistas en accidentes de tráfico en Madrid le ayudará a solventar este trámite con éxito
Acuerdos por vía Extrajudicial o Contenciosa
Conceptos reclamables en un accidente de tráfico
Peritaje en accidentes de tráfico
Como se calculan los daños en un accidente de tráfico.
Oferta de indemnización de la compañía aseguradora
Acuerdo vía extrajudicial
Desde el año 2015, es obligatoria la reclamación extrajudicial a la compañía aseguradora antes de iniciar los trámites por la vía contenciosa, que es más larga y costosa.
Acuerdo vía contenciosa
El plazo por la vía contenciosa es de un año desde que se produjo el accidente; si bien el mismo puede suspenderse para evitar que prescriba, bien notificado esta suspensión al acreedor de forma fehaciente (por ejemplo, mediante burofax con acuse de recibo y de contenido o mediante requerimiento notarial) o bien mediante cualquier acto de reconocimiento de deuda expedido por parte del propio deudor. La interrupción de la prescripción implica la anulación del tiempo transcurrido, que volverá a contabilizarse de forma íntegra para el caso de no ejercitarse el derecho de reclamación en ese momento.
Debemos distinguir entre daños materiales y daños personales:
- Materiales: incluye, evidentemente, los daños sufridos por el vehículo; pero también podría extenderse a los daños sufridos en nuestros efectos personales (ropa, móvil, gafas…). Todo ello siempre supeditado a la correspondiente acreditación y, normalmente, peritaje que evalúe el coste económico del daño.
- Personales: como son los daños físicos temporales o las secuelas permanentes y los costes médicos del tratamiento de ambas (todo ello sujeto al correspondiente informe médico forense de perito especializado); o los daños morales por perjuicio físico, estético o pérdida de calidad de vida, entre otros.
Contar con un peritaje es fundamental cuando reclamamos cantidades derivadas de daños, ya sean materiales o personales, tenemos que cuantificar los daños sufridos.
Para el caso de los daños personales, existen unos baremos o tablas generales para su cuantificación en función de su alcance o gravedad, por ello, necesitamos determinar la importancia o relevancia de estos daños, mediante la valoración de un perito médico.
Como hemos referido anteriormente, existen unos baremos que, tomando en consideración ciertos parámetros, cuantifican los daños causados. Respecto de los daños personales se valoran dos supuestos:
- Dentro de la incapacidad temporal habrá que diferenciar entre días muy graves, con estancia en UCI; días graves, con estancia hospitalaria; días moderados,incapacitado para desarrollar ocupación normal o habitual; y días básicos, cuando aún no se haya curado pero no le implique incapacitación para desarrollo de actividad normal.
- Las lesiones permanentes (secuelas): se dividen en secuelas funcionales y secuelas estéticas, y se cuantifican en función de las tablas aplicables.
Las compañías de seguros podrán realizar ofertas que en muchos casos sea una cuantía indemnizatoria inferior a la solicitada. En el momento en el que la compañía aseguradora hace una oferta existen tres opciones:
- Aceptarla y zanjar el asunto.
- Rechazarla y continuar reclamando la totalidad de la cuantía reclamada judicialmente.
- Aceptar la parte que te ofrezcan reconociéndose como “pago a cuenta” y continuar con la reclamación del resto de la cantidad que consideras debida judicialmente.